Bienvenid@

Sé que la mayoría de ustedes son buenos lectores. Es posible que hasta algunos hayan leído ya el libro de Bernardo Kliksberg, titulado “Más ética, más desarrollo”, del cual les envío un extracto como “abrebocas”, apenas para engancharlos con la lectura de todo el libro.

Perdónenme el atrevimiento, pues también sé que todos tenemos mucho para leer y trabajar; pero, si hoy me tomo la osadía de compartir con ustedes este fragmento, es porque lo considero suficientemente inspirador del año que apenas inicia y que tantos desafíos y oportunidades le depara a Costa Rica.

La Cámara de Industrias tuvo a bien enviárme la obra completa en el curso del pasado año. ¡Ojalá este fragmento los invite a acometer la tarea de leer todo el libro! Si así fuera enhorabuena.

Afectuosamente,

Alberto Salom Echeverría. Ver más

jueves, 22 de enero de 2009

Recurso de Amparo en contra del acueducto de Sardinal

Recurso de amparo: 08-005154-0007-CO

Se declara con lugar el recurso.

Por violación a lo establecido en el artículo 50 de la Constitución Política en la aprobación y puesta en ejecución del proyecto de ampliación del acueducto El Coco-Ocotal; al no existir certeza técnica sobre la capacidad de explotación del recurso hídrico del Acuífero Sardinal, y la consecuente incertidumbre sobre la afectación de la prioridad de disponibilidad de agua para la satisfacción de los intereses de la comunidad, sobre cualquier otro tipo de interés patrimonial, comercial o turístico.

Por violación al artículo 9 de la Constitución Política al omitirse la debida participación ciudadana en el proceso de formulación del proyecto. En consecuencia, se ordena a las autoridades recurridas ajustar sus actuaciones en torno a la ejecución del proyecto de ampliación del acueducto El Coco-Ocotal, de conformidad con lo establecido en la sentencia.

Los demás extremos de legalidad aducidos por los recurrentes, deberán ser atendidos por las autoridades recurridas en atención a lo dispuesto por la Contraloría General de la República en su informe número DFOE-ED-22-2008.

Se condena al Estado y al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo.

Se advierte a Ricardo Sancho Chavarría, Roberto Dobles Mora, Sonia Espinoza Valverde y Bernal Soto Zúñiga, o a quienes ocupen sus cargos, que de conformidad con el artículo setenta y uno de la Ley de esta jurisdicción, se impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado.

Notifíquese la presente resolución a Ricardo Sancho Chavarría, Roberto Dobles Mora, Sonia Espinoza Valverde y Bernal Soto Zúñiga, o a quienes ocupen sus cargos, en forma personal.

Comuníquese.-
Luis Paulino Mora Mora
http://www.poder-judicial.go.cr/salaconstitucional/

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